Afleveringen
-
Jorge Oscar Rossi
La Cámara en lo Civil y Comercial de Jujuy hizo lugar a la demanda de daños contra el guardián de un perro que se escapó de la casa y mordió a una persona que pasaba por la vereda. El Tribunal rechazó la defensa de falta de legitimación pasiva, por entender que una persona que convivía con un perro, sea o no el propietario del mismo, tiene un deber de vigilancia y cuidado.CV
Doctor en Ciencias Jurídicas (Universidad de Morón). Abogado, egresado en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Profesor Titular de «Teoría General de las Obligaciones”, y “Régimen Jurídico de los Consumidores y Usuarios» en la Universidad Abierta Interamericana. Arbitro del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC) Publicista.
-
Ezequiel MARQUESONI
Descripción:En este episodio, exploramos un caso real y conmovedor sobre la batalla legal de una familia contra una empresa de medicina prepaga por el incumplimiento de prestaciones esenciales para su hijo con Trastorno del Espectro Autista.
El abogado Ezequiel Marquesoni, padre de Felipe, comparte su experiencia personal y profesional, explicando cómo su familia se vio obligada a interponer múltiples acciones de amparo debido a las "maniobras dilatorias y obstruccionistas" de la prepaga SANCOR SALUD. La prepaga nunca se negó expresamente a brindar las prestaciones, pero demoraba pagos a los prestadores y no enviaba formularios clave, dejando a Felipe sin la atención que necesitaba.
La familia decidió ir más allá de los amparos y entablar una acción por Daño Punitivo (art. 52 bis de la Ley 24240 de Defensa del Consumidor) y Daño Moral (art. 1741 del Código Civil y Comercial de la Nación). El juez condenó a SANCOR SALUD a pagar $10.000.000 en concepto de Daño Punitivo y $2.000.000 por Daño Moral, reconociendo la "inusitada gravedad" de los incumplimientos de la prepaga con un niño discapacitado y su familia.
CV AUTOR
Abogado recibido en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires
-
Zijn er afleveringen die ontbreken?
-
Aníbal Paz
En este podcast se analizan las reformas introducidas por los Decretos 340/25 y 342/25, que modifican aspectos clave de la Ley de Asociaciones Sindicales y su reglamentación. y la Res. 34/25 del Ministerio de Desregulación Transformación del Estado
》Entre los cambios más significativos se destaca la limitación de la intervención estatal en los procesos electorales internos de los sindicatos, permitiéndose únicamente en casos de acefalía y cuando los estatutos no contemplen mecanismos para resolver dicha situación.
》Asimismo, se amplía el listado de actividades consideradas servicios esenciales, incorporando el transporte marítimo y fluvial de personas, mercaderías y carga.
》Por un lado las medidas permiten mayor autonomía sindical, al remover motivos para injerencia estatal, pero por otro lado se recurre a decretos para modificar leyes del congreso, afectando garantías constitucionales, lo que genera dudas acerca de la verdadera finalidad y utilidad de las disposiciones analizadas.
》 Se pronostica amplia judicialización, mediante planteos de inconstitucionalidad acerca de la modificación del régimen de servicios esenciales por la vía de un decreto toda vez que se restringe el derecho de huelga, que cuenta con amparo constitucional.》La Resolución 34/2025 avanza en la sistematización y control administrativo de los procesos gremiales en el sector público. A tal fin se crean: a) El Registro Centralizado de Delegados Gremiales; y b) El Registro de Juicios en los que se Invoca Tutela Gremial. Si bien su justificación oficial se basa en la modernización y transparencia, su implementación práctica podría generar conflictos con normas constitucionales y legales que garantizan la autonomía y protección de la actividad sindical.
CV Autor
* Abogado Mat. Prof.: CAC 1-32556 (Cba) – CPACF T°102 F°454 (BsAs) – CSJN T° 500 F°669 (Fed)
* Asesor Laboral/Sindical/Previsional de Sindicatos, Colegios Profesionales, Universidades, Organismos de Previsión Social y Empresas.
* Asesoría en asuntos Universitarios
* Asesor en la Comisión de Seguimiento e Interpretación del Convenio Colectivo del Sector Docentes Universitarios y Preuniversitarios [CCT Dec. 1246/15].
* Columnista de los suplementos Factor y Leyes y Comentarios del diario Comercio y Justicia.
* Autor de artículos de doctrina en Semanario Jurídico (Ed. Comercio y Justicia), Temas de Derecho Laboral (Ed. Errepar), entre otras.
* Diplomado en Derecho de la Seguridad Social: experto en jubilaciones docentes y por regímenes especiales.
* Docente de Posgrado: Especialización Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (Facultad de Ciencias Económicas U.N.C.), Diplomatura en Derecho de la Seguridad Social y el Trabajo (Facultad de Derecho U.N.C.),
*Director del Seminario de Reajuste Previsional en Contexto Actual (2020). Secretaría de Graduados Facultad de Derecho Universidad Nacional de Córdoba
* Expositor/Disertante en el Diplomado de Gestión Previsional (COFEPRES); y en diversos cursos y jornadas de actualización profesional, disertaciones, capacitaciones, foros, charlas y eventos académicos e informales.
* ex Asesor de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba
* Apoderado de la Universidad Nacional de Río Cuarto
* Experiencia en la administración pública como consultor;
* Profesional responsable de websites y redes sociales jurídicos.
-
Aníbal Paz
Existen diversos criterios jurisprudenciales respecto a la declaración de inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad de la Ley 27.609 y de los Decretos del año 2020, motivados por la suspensión de la fórmula de movilidad de Ley 27426, dispuesta por ley 27541.
En el podcast Aníbal Paz analiza la postura de
》La Cámara Federal de Córdoba, en el fallo "Algarbe";
》La Cámara Federal de Salta, en el fallo "Palavecino";
》La Cámara Federal de Mendoza, en el fallo "Cortés";
》La Cámara Federal de Mar del Plata, en el fallo "Giménez".
La diferencia de criterios acerca de que es -o mejor dicho, que debe representar la movilidad jubilatoria- y cómo se debe atender a la recomposición de los haberes del sector pasivo queda expuesta y es un dato más a la hora de considerar reformas previsionales, tales como las que actualmente se encuentran en tratamiento en la Cámara de Diputados de la Nación y aquella que tiene planificado introducir el Gobierno en los próximos meses
CV Autor
* Abogado Mat. Prof.: CAC 1-32556 (Cba) – CPACF T°102 F°454 (BsAs) – CSJN T° 500 F°669 (Fed)
* Asesor Laboral/Sindical/Previsional de Sindicatos, Colegios Profesionales, Universidades, Organismos de Previsión Social y Empresas.
* Asesoría en asuntos Universitarios
* Asesor en la Comisión de Seguimiento e Interpretación del Convenio Colectivo del Sector Docentes Universitarios y Preuniversitarios [CCT Dec. 1246/15].
* Columnista de los suplementos Factor y Leyes y Comentarios del diario Comercio y Justicia.
* Autor de artículos de doctrina en Semanario Jurídico (Ed. Comercio y Justicia), Temas de Derecho Laboral (Ed. Errepar), entre otras.
* Diplomado en Derecho de la Seguridad Social: experto en jubilaciones docentes y por regímenes especiales.
* Docente de Posgrado: Especialización Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (Facultad de Ciencias Económicas U.N.C.), Diplomatura en Derecho de la Seguridad Social y el Trabajo (Facultad de Derecho U.N.C.),
*Director del Seminario de Reajuste Previsional en Contexto Actual (2020). Secretaría de Graduados Facultad de Derecho Universidad Nacional de Córdoba
* Expositor/Disertante en el Diplomado de Gestión Previsional (COFEPRES); y en diversos cursos y jornadas de actualización profesional, disertaciones, capacitaciones, foros, charlas y eventos académicos e informales.
* ex Asesor de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba
* Apoderado de la Universidad Nacional de Río Cuarto
* Experiencia en la administración pública como consultor;
* Profesional responsable de websites y redes sociales jurídicos.
-
Pulvirenti Orlando
En sus acuerdos del 10 y 15 de abril de 2025, la Corte Suprema volvió a pronunciarse sobre la validez de tasas municipales.
En el primer caso, la Corte confirmó el fallo de la Cámara Federal de San Martín a favor de Western Union. La empresa, que opera en la Municipalidad de Merlo en locales compartidos con otras compañías, argumentó que la tasa por seguridad e inspección ya era abonada por la titular del local y que no correspondía gravar nuevamente la misma actividad. La Corte sostuvo que cobrar la tasa a dos usuarios por el mismo concepto constituye una doble imposición, ya que la obligación recae sobre el establecimiento y no sobre cada actividad individual.
En el segundo caso, Aeropuertos Argentina 2000 cuestionó tasas municipales aplicadas en la terminal de Tucumán. La Corte, siguiendo el dictamen del Ministerio Público, revocó la sentencia anterior y ordenó dictar un nuevo fallo. Aclaró que el municipio puede cobrar la tasa siempre que no interfiera con servicios interjurisdiccionales, preste efectivamente el servicio y demuestre que está disponible para el usuario.Datos del colaborador: Orlando Pulvirenti
– Abogado y escribano egresado de la Universidad Nacional de La Plata
– Maestría en Leyes en la Universidad de Miami.
– Doctor en Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
– Docente de la Escuela de Abogados del Estado y de la Procuración del Tesoro, y de la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. -
Devia, Leila
CV: Doctora en Ciencias Jurídicas Universidad del Salvador, Especialista en Derecho de los Recursos Naturales de la UBA. Jefe Departamento Basilea INTI. Titular de la Cátedra de Derecho de los Recursos Naturales y Protección Ambiental, Facultad de Derecho UBA.
-
Litter Marta
Temario
Concepto y categorización
OMS
Agenda 2030
CV
Doctora en Química de la Universidad de Buenos Aires, Argentina, con estadía
postdoctoral en la Universidad de Arizona, EE.UU. Actualmente es
Investigadora Superior ad-honorem contratada del CONICET y Profesora
Titular y Consultora en Universidad Nacional de General San Martín. Recibió
numerosos premios, entre ellos el Konex de Platino en 2023. Es presidenta de
la Academia Argentina de Ciencias del Ambiente. -
Aníbal Paz
El 23/03/25 venció la moratoria de Ley 27.705 (capítulo 2), para personas con edad jubilatoria. Quienes tengan turno vigente, o quienes hayan solicitado uno a través de Atención Virtual hasta ese día, podrán aún acceder a la moratoria, siempre y cuando tengan cumplidos los requisitos de edad a esa fecha.
》Se recuerda que el Capítulo 3 de la moratoria sigue vigente, sin fecha de finalización, y permite a los trabajadores en actividad acceder a la compra de aportes para futura jubilacion. Además, la moratoria anterior de Ley 24.476 continúa vigente.
》 Res. ANSES 179/25: establece el aumento que recibirán los jubilados en Mar/25 y que alcanzará el 2,4% (= IPC Feb/25).
》Por Dec. 231/25 se dispuso un nuevo Bono de Refuerzo Previsional de $70.000 - valor congelado tal como los últimos meses.
》 Dado que el 82% del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil para el mes de Abril es inferior a la Jub. Mín. vigente (Art. 125 Bis Ley 24241) en ese mes tampoco se abonará el complemento para los jubilados con 30 años de aportes efectivos, quienes percibirán el valor de la jubilación mínima (Art. 125 Ley 24241). .
》 El aumento por movilidad de 2,4% también comprende a los Investigadores y Científicos, pero NO a los jubilados de los demás regímenes especiales.CV Autor
* Abogado Mat. Prof.: CAC 1-32556 (Cba) – CPACF T°102 F°454 (BsAs) – CSJN T° 500 F°669 (Fed)
* Asesor Laboral/Sindical/Previsional de Sindicatos, Colegios Profesionales, Universidades, Organismos de Previsión Social y Empresas.
* Asesoría en asuntos Universitarios
* Asesor en la Comisión de Seguimiento e Interpretación del Convenio Colectivo del Sector Docentes Universitarios y Preuniversitarios [CCT Dec. 1246/15].
* Columnista de los suplementos Factor y Leyes y Comentarios del diario Comercio y Justicia.
* Autor de artículos de doctrina en Semanario Jurídico (Ed. Comercio y Justicia), Temas de Derecho Laboral (Ed. Errepar), entre otras.
* Diplomado en Derecho de la Seguridad Social: experto en jubilaciones docentes y por regímenes especiales.
* Docente de Posgrado: Especialización Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (Facultad de Ciencias Económicas U.N.C.), Diplomatura en Derecho de la Seguridad Social y el Trabajo (Facultad de Derecho U.N.C.),
*Director del Seminario de Reajuste Previsional en Contexto Actual (2020). Secretaría de Graduados Facultad de Derecho Universidad Nacional de Córdoba
* Expositor/Disertante en el Diplomado de Gestión Previsional (COFEPRES); y en diversos cursos y jornadas de actualización profesional, disertaciones, capacitaciones, foros, charlas y eventos académicos e informales.
* ex Asesor de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba
* Apoderado de la Universidad Nacional de Río Cuarto
* Experiencia en la administración pública como consultor;
* Profesional responsable de websites y redes sociales jurídicos
-
Dr. Lucas Tomás Dolan
Temario
- Antecedentes del Superior Tribunal de Justicia de Córdoba
- Principio de proporcionalidad de las penas
- Solución de la CSJN
- Principio de división de poderes
- Requisitos del control de constitucionalidad en materia de escalas penalesCV
Abogado y funcionario judicial de la defensa pública de la provincia de Buenos Aires en el Departamento Judicial de Moreno – General Rodriguez.
Docente de Grado y Posgrado en la Universidad Nacional de La Matanza y UBA.
-
Dr. Lucas Tomás Dolan
Temario- Ámbitos de aplicación de la reforma
- Aspectos penales y procesales
- Modificaciones al sistema de reincidencia
- Modificaciones al sistema de unificación de condenas
- Introducción de la noción de reiterancia delictiva como peligro procesal
- Vinculación con cuestiones constitucionales, jurisprudenciales y dogmáticas CV
Abogado y funcionario judicial de la defensa pública de la provincia de Buenos Aires en el Departamento Judicial de Moreno - General Rodriguez.
Docente de Grado y Posgrado en la Universidad Nacional de La Matanza y UBA.
-
Yamila Castagnola
El podcast aborda el reconocimiento de los derechos de la naturaleza en la región y el análisis del caso de la Laguna Francia Altabe en la provincia del Chaco, primer ecosistema argentino reconocido como sujeto de derecho en noviembre de 2024.
CV: Yamila Marian Castagnola, abogada especializada en ambiente y desarrollo. Investigadora y docente universitaria de grado y posgrado. Maestranda en Política, Derecho y Gestión Ambiental por la Universidad Austral.
-
Dr. Sergio Lois
- La derogación de algunos artículos de la Ley 24.013 y de la Ley 25.323-
- El art. 11 de la Ley 24.013 como elemento orientador en la redacción de los telegramas laborales.
- Las indemnizaciones por trabajo no registrado o parcialmente registrado y los daños laborales.
- El planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.742 y del Dto. 70/23.
- El trabajo no registrado como una injuria de suficiente gravedad para justificar el despido indirecto.
CV
Abogado por la Universidad Nacional de La Matanza. Maestrando en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales por la UNTREF.Escritor de diversos artículos sobre derecho individual y colectivo del trabajo. Coautor del libro “La nueva práctica del teletrabajo” por Ediciones DyD (2020).
Coautor del libro «Medidas autosatisfactivas: teoría y práctica» por la Editorial Visión Jurídica (2021). Autor del libro Medidas Cautelares por Ediciones DyD .
Coautor del libro Derecho Procesal Electrónico por Ediciones D y D (2023).
Disertante. Miembro del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires.
-
Lucas Bracuto
Punteo:
* Incendios forestales en Parques nacionales y localidades: alrededor de 50 mil hectáreas perdidas desde diciembre a la fecha
* Servicio Federal y Sistema nacional de Manejo del Fuego resultan insuficientes para combatir los incendios.
*Fundamental el apoyo de comunidades locales para sofocar los puntos más ardientes.
* Falta de presupuesto estatal para combatir las llamas.Lucas Bracuto es abogado por la Universidad de Buenos Aires. Es
Especialista en Recursos Naturales y del Ambiente (Facultad de Derecho - UBA).
Es Diplomado en Alimentos y Agronegocios (UBA) y en Derecho Procesal
Constitucional y Administrativo (UMSA).
Se desempeña desde 2017 en la Cátedra Dra. Leila Devia como docente de
Régimen Jurídico de los Recursos Naturales y Protección del Ambiente en las
materias “Ambiente y Mercosur” y “Derecho del Mar, Conservación y Gestión de
Océanos” comisión a su cargo, como Jefe de Trabajos Prácticos. Es docente de
posgrado en la Carrera de Especialización en Energías Renovables, Eficienc
Energética y Cambio Climático - (CEARE - FD UBA). Es docente investigador del
CeDAF -Centro de Derecho Ambiental- de la Facultad de Derecho UBA y el
CEIDIE - Centro de Estudios Interdisciplinarios de Derecho Industrial y
Económico. Coordina el Seminario de Derecho Ambiental del Instituto de
Investigaciones “Ambrosio L. Gioja”.
Fue jurado en la Competencia Federal de Arbitraje Ambiental (CeDAF -
UBA) y organizó la 1° Edición de la Competencia de Negociaciones
Internacionales Ambientales (CeDAF - UBA). Actualmente es Jurado en el
Modelo de Naciones Unidas de la FD-UBA e integra el Comité de selección del
Equipo UBA en el NMUN 2025.
Es docente de grado y posgrado en la Maestría en Gestión Ambiental en
la Universidad Austral.
Es autor y coautor de capítulos de libros, artículos y ponencias en
congresos sobre temas de su especialidad.
Contacto: [email protected] / Linkedin: Lucas Eduardo Bracuto -
Por Jorge Oscar Rossi
Temas tocados
El decreto 55/2025, publicado en el Boletín Oficial del 3 de febrero, dispuso la disolución del “Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC)”, del “Registro Nacional de Conciliadores en las Relaciones de Consumo” y de su “Fondo de Financiamiento”, derogando además los artículos 1° al 40, 74 y 75 de la Ley N° 26.993 y sus modificaciones y el Decreto Reglamentario 202/ 2015.
Datos del autor:
Título: Abogado (U.B.A.) Doctor en Ciencias Jurídicas (Universidad de Morón)
CV
Doctor en Ciencias Jurídicas (Universidad de Morón). Abogado, egresado en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Profesor Titular de «Teoría General de las Obligaciones”, y “Régimen Jurídico de los Consumidores y Usuarios» en la Universidad Abierta Interamericana. Arbitro del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC) Publicista. -
Comentario del Dr. Emilio Romualdi sobre el fallo de CSJN "Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaías s/Incidente de incompetencia - Levinas, Gabriel Isaías s/ SAG - otros (queja por recurso de inconstitucionalidad denegado)
CV Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, UK. Ex Juez del Trabajo, Provincia de Buenos Aires. Director y profesor del Doctorado de la UK. Profesor Titular de Derecho Marítimo, Derecho laboral Individual y Derecho laboral colectivo, UCALP. Profesor titular de Derecho de la Seguridad Social en UAI. Profesor titular en UNR en la Especialización de Derecho Laboral y de la Seguridad Social. Co director y Profesor titular del seminario de investigación en Indae. Ex profesor de práctica forense en la UBA. Miembro de la Asociación de Magistrados del Trabajo de la República Argentina y de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. Secretario General de la Asociación Latinoamericana de Derecho Aeronáutico y Espacial. Autor de publicaciones sobre temas de su especialidad. -
Lucas Eduardo Bracuto
Temario: Pasaporte Digital de Productos en Latinoamérica - Mejoras en la trazabilidad de productos - Manejo sostenible de Residuos - Rol empresario - Rol del Estado.
CV
Lucas Bracuto es abogado por la Universidad de Buenos Aires. Es
Especialista en Recursos Naturales y del Ambiente (Facultad de Derecho - UBA)
y es Diplomado en Derecho Procesal Constitucional y Administrativo (UMSA).
Se desempeña desde 2017 en la Cátedra Dra. Leila Devia como docente de
Régimen Jurídico de los Recursos Naturales y Protección del Ambiente en las
materias “Ambiente y Mercosur” y “Derecho del Mar, Conservación y Gestión de
Océanos” comisión a su cargo, como Jefe de Trabajos Prácticos. Es docente de
posgrado en la Carrera de Especialización en Energías Renovables, Eficiencia
Energética y Cambio Climático - (CEARE - FD UBA), y coordina el Espacio
Negociaciones Ambientales Internacionales del Centro de Derecho Ambiental
(CeDAF - UBA). Es docente de grado y posgrado en la Maestría en Gestión
Ambiental en la Universidad Austral.
Fue jurado en la Competencia Federal de Arbitraje Ambiental (CeDAF -
UBA) y organizó la 1° Edición de la Competencia de Negociaciones
Internacionales Ambientales (CeDAF - UBA). Actualmente es Jurado en el
Modelo de Naciones Unidas de la FD-UBA e integra el Comité de selección del
Equipo UBA en el NMUN 2025. Es autor y coautor de capítulos de libros,
artículos y ponencias en congresos sobre temas de su especialidad.
Contacto: [email protected] / Linkedin: Lucas Eduardo Bracuto -
Carina Quispe
Punteo de temas:Marco regulatorio para el hidrógeno verde y de baja emisiones. El rol de la PlataformaH2 Argentina, conformación y antecedentes. Estado del debate en el Congreso Nacional.
CV:
Carina Quispe es abogada, especialista en derecho ambiental, con formación ejecutiva en energías renovables. Magister en tecnología y gestión ambiental. Es coordinadora general de proyectos en el Círculo de Políticas Ambientales, organización miembro de la PlataformaH2 Ar.
-
Dr. Sergio Lois
Temario:
- La necesidad de actualizar los créditos laborales.- La naturaleza de los créditos laborales.
- Las deudas de dinero y las deudas de valor.
- Los intereses moratorios.
- La actualización de los créditos mediante la aplicación de índices (CER, IPC o RIPTE).
CV
Abogado por la Universidad Nacional de La Matanza. Maestrando en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales por la UNTREF.Escritor de diversos artículos sobre derecho individual y colectivo del trabajo. Coautor del libro “La nueva práctica del teletrabajo” por Ediciones DyD (2020).
Coautor del libro «Medidas autosatisfactivas: teoría y práctica» por la Editorial Visión Jurídica (2021). Autor del libro Medidas Cautelares por Ediciones DyD .
Coautor del libro Derecho Procesal Electrónico por Ediciones D y D (2023).
Disertante. Miembro del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires.
-
Por Juan Ignacio Serra
La masacre de pingüinos de Punta Tombo fue calificada como maltrato animal y la destrucción de hábitat considerado un daño ambiental por primera vez. La acción antropocéntrica sigue siendo la principal causa de destrucción del hábitat. Se logró una condena de 3 años de prisión de ejecución condicional
CV: Abogado, Especialista y Máster en Derecho Animal UAB (Barcelona), Profesor en la temática animal. -
Paz, Aníbal
Indignidad en el ejercicio de cargos públicos Condena por corrupción Derechos adquiridos Vías de hechoSeguridad jurídica Baja de beneficios
TemarioAutor: Abogado. Especialista en Derecho Laboral. Diplomado en Seguridad Social. Asesor laboral, sindical y previsional de sindicatos, colegios profesionales, Universidades y Organismos de previsión social y empresas. Docente de Posgrado. Publicista. Columnista.
- Laat meer zien